ABOGADO ALEJANDRO VARGAS

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Abogados Asociados

 

              

Abogado Alejandro Vargas

 

Abogado Alejandro Vargas

Bogotá, Calle 118 #19-52 oficina 204

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Abogado, asesor y litigante, conciliador en derecho, magíster en derecho administrativo, especialista en derecho público, especialista en derecho de las telecomunicaciones, especialista en derecho y tecnologías de la información.

 

Experto en arbitraje, derecho civil,  comercial, disciplinario, insolvencia, laboral, pensiones, policivo, propiedad horizontal, procesal y responsabilidad médica.

 

Abogado asesor y litigante en Bogotá (2.001-2.024)

ABOGADO DERECHO DISCIPLINARIO

 

Ofrecemos asesoría jurídica y representación en procesos disciplinarios.

 

El derecho disciplinario en Colombia es el conjunto de normas y principios que regulan la conducta de los servidores públicos y de los particulares que ejercen funciones públicas, con el fin de garantizar el cumplimiento de los deberes, prohibiciones e inhabilidades establecidos en la Constitución y la ley, busca prevenir, corregir y sancionar las faltas cometidas por los sujetos disciplinables en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas.

 

Actualmente el código general disciplinario es la ley 1952 de 2019.

 

El código general disciplinario establece los principios y normas rectoras de la ley disciplinaria, los sujetos disciplinables y sus deberes y prohibiciones, las faltas disciplinarias y sus clases, las sanciones disciplinarias y sus criterios de graduación, el procedimiento disciplinario y sus etapas, los recursos y las acciones contra las decisiones disciplinarias, entre otros aspectos.

 

El titular de la potestad disciplinaria es el Estado, que la ejerce a través de la Procuraduría General de la Nación, las oficinas de control disciplinario interno, las comisiones de disciplina judicial y las demás autoridades con competencia disciplinaria, según el caso. 

 

La Procuraduría General de la Nación tiene funciones jurisdiccionales para la vigilancia superior de la conducta oficial de los servidores públicos, inclusive los de elección popular, y sus decisiones sancionatorias son susceptibles de ser revisadas ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

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